Nunca entendí el artículo 15 y, pese a que la pena de muerte fue definitivamente abolida en 1995, Ley
Orgánica 11/1995, de 27 de noviembre, aún el artículo constitucional queda sin limpiar. No lo entiendo.
"Todos tienen
derecho a la vida y a la integridad física y moral sin que, en ningún caso,
puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o
degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan
disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra."
No acabo de entender el Título II: DE LA CORONA.
- La Corona representa la unidad del Estado frente a la división orgánica de poderes - ¿Es una concesión al soberanismo absolutista?
- La Corona representa la unidad del Estado frente a la división orgánica de poderes - ¿Es una concesión al soberanismo absolutista?
- La
idea de la permanencia alude al carácter hereditario de la Corona,- ¿Significa una merma del poder absoluto del pueblo para elegir a sus representantes?
- En cuanto al derecho sucesorio: entre descendientes del mismo grado se prefiere el varón a la mujer - ¿Es esta una excepción a la igualdad justa entre las personas, con independencia de sus condiciones de sexo?
Hay que reformar muchos articulos de la Constitucion, de los 169 que tiene y ponerla a la epoca que vivimos ahora, del siglo XXI
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